Sobre los diagnósticos psiquiátricos precipitados: los riesgos de “la profecía autocumplida”. Artículo del Dr. Ignacio Mata

Dr. Ignacio Mata. Psiquiatra y Director General de la Fundación Argibide

La insistencia en que se sigan protocolos clínicos, los apartados de cumplimiento obligatorio en la historia clínica informatizada, las exigencias para la realización de informes clínicos, los criterios de inclusión en ensayos clínicos o protocolos de investigación… Estos son algunos de los motivos por los que, en la práctica clínica, nos vemos obligados a realizar diagnósticos tras una primera consulta.

A diferencia de lo que ocurre en otras especialidades médicas, en el campo de la psiquiatría, o de la salud mental, únicamente podemos hablar de alteraciones del estado de salud mental asociados o no a enfermedades (concepto de trastorno), o de agrupaciones de síntomas o signos que con una elevada frecuencia se dan juntos y que pueden variar con el tiempo (concepto de síndrome), pero no existen, para dichos conjuntos de síntomas y signos, ni causas claramente identificables, ni alteraciones anatómicas consistentes (concepto de enfermedad).

Por tanto, nos encontramos con que de lo que realmente diagnosticamos a nuestros pacientes es de un trastorno (alteración del estado de salud mental) o de un síndrome (conjunto de síntomas y signos), pero no de una enfermedad. Esto implica, sobre todo cuando el diagnóstico se realiza de forma precipitada, la posibilidad de incurrir en una serie de sesgos o errores, algunos de los cuales enumeraré a continuación:

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